Proveemos servicios especializados de mediación en entornos extrajudiciales e intrajudiciales, con el compromiso ineludible de alcanzar soluciones consensuadas que pongan fin al conflicto.
Conducimos procesos de mediación bajo estrictos estándares de calidad, asegurando un entorno óptimo para el acuerdo. Nuestro compromiso fundamental es ofrecer la solución más óptima y resolutiva en el conflicto.
OURBOROS es una sociedad cuyos profesionales se dedican a desarrollar actividades negociadoras (opción mediación) a través de medios adecuados de solución de controversias en vía no jurisdiccional (MASC), estando inscritos los profesionales que prestan servicios en el Registro Nacional de Mediadores.
Los servicios de mediación pueden concertarse personales o telemáticos. Desde el 3 de abril de 2025, fecha de entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia que dedica su TÍTULO II (Medidas en materia de eficiencia procesal), CAPÍTULO I a los medios adecuados de solución de controversias en vía no jurisdiccional (MASC) se le otorga a los acuerdos adoptados en mediación validez contractual entre las partes por lo que pueden ser homologados para ser susceptibles de ejecución directa elevándolos a escritura pública o acudiendo con ellos a la vía judicial.
En cuanto al procedimiento de mediación habrá que estar a lo dispuesto en la L.1/2025, de 2 de enero, de medidas de eficiencia del servicio público de justicia y a la L. 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
Para llevar a cabo dicho proceso se requiere de inicio:
1. Objeto de la mediación, causas o hechos por los cuales han determinado la necesidad de requerir a este procedimiento, así como la documentación que considere necesaria aportar.
2. Persona a la que va dirigida, así como los datos de esta parte, su dirección y número de teléfono móvil.
Para el caso de que no se alcanzase acuerdo, el mediador expedirá el oportuno certificado de su intento a los efectos de que las partes intervinientes puedan acudir a la vía judicial dándose por cumplido dicho requisito de procedibilidad.
Conflictos entre particulares, empresas, profesionales, comunidades de propietarios, relacionados con contratos, deudas, arrendamientos, incumplimientos, propiedad horizontal, etc.
Interviene en situaciones sensibles como divorcios, custodias, herencias o problemas de convivencia. Facilita el diálogo y la toma de decisiones equilibradas para todas las partes.
Ayuda a resolver conflictos entre sociedades mercantiles, entre los socios de las mismas y la propia sociedad, así como con clientes, usuarios y terceras personas.
Facilitamos, promovemos y gestionamos el dialogo entre victima y ofensor, y en ocasiones terceras personas implicadas siempre tendiendo a la reparación del daño que causa el ofensor a la victima y a la sociedad.
Preservación absoluta de la información y la reputación de las partes
Mediadores acreditados y expertos, garantes de la imparcialidad del proceso de mediación.
Uso de técnicas avanzadas para la construcción de soluciones sostenibles y satisfactorias.
Un proceso notablemente más rápido y con una inversión significativamente menor que acudir al juzgado.